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Propietarios de Charles River Bridge v. Propietarios de Warren Bridge – 36 U. S. 420 (1837)

Expediente de caso de la Facultad de Derecho

Regla:

Una ley estatal puede ser de carácter retrospectivo y puede despojar de derechos adquiridos; y, sin embargo, no violar la constitución de los Estados Unidos, a menos que un contrato.

Hechos:

Los demandantes presentaron una demanda alegando que el acto de incorporar el nuevo puente de los demandados menoscababa la obligación del contrato con los demandantes, que eran propietarios de un viejo puente que cruzaba el mismo río. Los propietarios del Puente del Río Charles presentaron un proyecto de ley en la Corte Judicial Suprema de Massachusetts contra los propietarios del Puente Warren, primero para obtener una orden judicial para evitar la construcción del puente, y luego para obtener alivio general; afirmando que la ley de la Legislatura de Massachusetts que autorizaba la construcción del Puente Warren era una ley que menoscababa las obligaciones de un contrato, y por lo tanto repugnante a la Constitución de los Estados Unidos. La corte suprema del estado desestimó el proyecto de ley de los demandantes. Los demandantes apelaron. Se confirmó la sentencia que desestimaba el proyecto de ley de los demandantes. El Tribunal sostuvo que no existía ninguna obligación en virtud del contrato con los demandantes que impidiera la incorporación de un nuevo puente sobre el mismo río que el puente de los demandantes.

Cuestión:

¿Se equivocaron los tribunales inferiores al desestimar el proyecto de ley?

Respuesta:

No.

conclusión:

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos declaró que una ley estatal podía tener carácter retroactivo y podía despojar de derechos adquiridos y, sin embargo, no violar la Constitución de los Estados Unidos a menos que también menoscabara la obligación de un contrato. Por lo tanto, el Tribunal concluyó que, para obtener una indemnización, los demandantes tenían que haber demostrado que el título que reclamaban había sido adquirido por contrato y que los términos de ese contrato habían sido violados por el fletamento del nuevo puente. El Tribunal dictaminó que los derechos de los demandantes se derivaban enteramente de la ley de la legislatura en virtud de la cual se incorporaron los demandantes y que la ley no otorgaba a los demandantes privilegios exclusivos sobre las aguas del río. Por lo tanto, el Tribunal sostuvo que el proyecto de ley de los demandantes había sido debidamente desestimado.

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