Infalibilidad papal
Infalibilidad papal, en teología católica romana, la doctrina de que el papa, actuando como maestro supremo y bajo ciertas condiciones, no puede errar cuando enseña en asuntos de fe o moral. Como elemento de la comprensión más amplia de la infalibilidad de la iglesia, esta doctrina se basa en la creencia de que a la iglesia se le ha confiado la misión de enseñanza de Jesucristo y que, en vista de su mandato de Cristo, permanecerá fiel a esa enseñanza mediante la asistencia del Espíritu Santo. Como tal, la doctrina se relaciona con, pero se distingue del concepto de indefectibilidad, o la doctrina de que la gracia prometida a la iglesia asegura su perseverancia hasta el fin de los tiempos.
El término infalibilidad fue raramente mencionado en la iglesia medieval temprana. Los críticos de la doctrina han señalado varias ocasiones en la historia de la iglesia cuando se dice que los papas enseñaron doctrinas heréticas, el caso más notable es el de Honorio I (625-638), que fue condenado por el Tercer Concilio de Constantinopla (680-681; el sexto concilio ecuménico).
La definición del Concilio Vaticano I (1869-70), establecida en medio de una considerable controversia, establece las condiciones bajo las cuales se puede decir que un papa habló infaliblemente, o ex cátedra («desde su silla» como maestro supremo). Es un requisito previo que el Papa tenga la intención de exigir el asentimiento irrevocable de toda la iglesia en algún aspecto de la fe o la moral. A pesar de la rareza del recurso a esta afirmación, y a pesar del énfasis dado a la autoridad de los obispos en el Concilio Vaticano II (1962-65), la doctrina siguió siendo un obstáculo importante para los esfuerzos ecuménicos a principios del siglo XXI y fue objeto de discusión controvertida incluso entre los teólogos católicos romanos.