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Fundamentos del divorcio en Alabama – Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de tribunal decidirá mi caso de divorcio?

En el sistema judicial de Alabama, los tribunales de circuito tienen la jurisdicción exclusiva, o poder, para decidir los casos de divorcio. Esto se debe a que los tribunales de circuito son los tribunales de primera instancia de Alabama, y están asignados para escuchar asuntos de derecho de familia. Los tribunales de circuito de Alabama se dividen en 41 distritos judiciales separados.

Si no está de acuerdo con la decisión del tribunal de circuito, puede apelar al siguiente nivel, que es el Tribunal de Apelaciones Civiles de Alabama. Solo la Corte Suprema de Alabama tiene mayor poder que la Corte de Apelaciones Civiles.

¿Dónde debo solicitar el divorcio en Alabama?

Si el demandado (es decir, el cónyuge que no está pidiendo el divorcio) vive en Alabama, entonces el demandante (la parte que pide el divorcio) debe presentar la citación y la demanda (los documentos legales que inician un divorcio, especificando las razones por las que el juez debe concederlo y solicitando la división de la propiedad, la custodia de los hijos, etc.) ante el tribunal de circuito del condado donde vive el demandado. Alternativamente, el demandante puede presentarlos en el tribunal de circuito en el condado donde ambos cónyuges vivían cuando se separaron.

Si el demandado no es residente de Alabama, el demandante puede presentar la demanda en el tribunal de circuito del condado donde vive el demandante. En este caso, el demandante tiene que haber sido un «residente de buena fe» de Alabama (es decir, el demandante ha vivido y mantenido una residencia en Alabama) durante seis meses antes de la presentación de la demanda.

¿Qué tengo que demostrar para divorciarme en Alabama?

Hay una docena de» motivos » o razones por las que un tribunal puede conceder un divorcio en Alabama.

Algunos de los motivos se basan en la mala conducta conyugal en la que el «cónyuge culpable» ha dañado o herido al «cónyuge inocente» o «cónyuge lesionado» a través de malos actos, como el adulterio. Esto también se conoce como «culpa».»

Otros motivos se conocen comúnmente como «sin culpa».»Esto significa que el tribunal puede conceder el divorcio basándose en simples requisitos de residencia sin examinar la cuestión de si alguien cometió mala conducta conyugal.

La ley de Alabama contiene elementos basados en fallos y sin fallos. Los tribunales de circuito de Alabama tienen el poder de conceder un divorcio cuando:

  • uno de los cónyuges, en el momento en que las partes se casaron, era física e incurablemente incapaz (carecía de la capacidad) de contraer matrimonio

  • uno de los cónyuges cometió adulterio
  • uno de los cónyuges abandonó voluntariamente al otro durante un año antes de la presentación de la denuncia
    • uno de los cónyuges fue encarcelado en cualquier penitenciaría durante dos años, con una sentencia de siete años o más
    • un cónyuge cometió un «delito contra la naturaleza», con un ser humano o con un animal, ya sea antes o durante el matrimonio
    • un cónyuge se volvió adicto un cónyuge proporciona testimonio y evidencia de que existe tal «incompatibilidad completa de temperamento»(lo que significa que los cónyuges son totalmente incompatibles) que ya no pueden llevarse bien
    • un cónyuge ha estado confinado en un hospital psiquiátrico durante cinco años consecutivos durante el matrimonio, está «demente irremediable e incurable» y los expertos médicos presentan una declaración jurada a tal efecto
    • ha sido una ruptura irrecuperable del matrimonio (es decir, el matrimonio se ha roto y
    • la esposa estaba embarazada de otro hombre en el momento del matrimonio y no le dijo al esposo
    • un cónyuge ha cometido violencia real contra el otro, causando peligro para la vida o la salud o ha causado que el otro tenga miedo razonable de tal violencia, o
    • el esposo dejó a la esposa y vivió lejos de ella durante dos años, sin mantenerla durante los dos años anteriores a la presentación de la denuncia.

    Me notificaron una demanda de divorcio. ¿Qué debo hacer?

    Si su cónyuge le entrega una demanda de divorcio, debe responder con un documento llamado «respuesta».»La respuesta responderá a la queja punto por punto, explicando con qué partes está de acuerdo y qué partes planea impugnar. La respuesta también describe sus defensas legales.

    La ley de Alabama no requiere que verifique su respuesta por juramento. Esto significa que no tiene que ser una declaración jurada y no puede usarse como evidencia en el caso. El propósito de la respuesta es aclarar las cuestiones en el caso.

    ¿Cuándo será efectivo mi divorcio?

    El tribunal de circuito no puede emitir una orden judicial definitiva (conocida como «sentencia final») hasta que hayan transcurrido al menos 30 días desde la fecha en que se presentó la citación y la demanda ante el tribunal. Por lo tanto, Alabama tiene un período de espera de treinta días, pero afecta principalmente solo a aquellas personas que desean divorciarse muy rápidamente y no planean litigar todos los problemas.

    ¿Puedo conservar el nombre de mi marido después del divorcio?

    depende. La ley de Alabama establece que se puede impedir que una esposa divorciada use el nombre, o incluso las iniciales, de su ex marido. La decisión queda a discreción del juez que preside el divorcio. Eso significa que el juez utilizará el buen juicio y el sentido común, a la luz de todos los hechos disponibles, para decidir si la esposa puede mantener el apellido de su ex marido o si debe volver a su apellido de soltera.

    ¿Qué es una orden temporal?

    El período de espera para un divorcio no impide que los jueces de la corte de circuito emitan «órdenes temporales» durante el período de espera. Se emiten órdenes temporales para estabilizar la custodia de los hijos y la situación financiera de la pareja que se divorcia. Cualquiera de las partes puede pedirle a la corte que emita una orden temporal para regular la custodia, la manutención del cónyuge y de los hijos, las visitas y la ocupación de la residencia conyugal. Una vez que se emita el fallo final, la orden temporal deja de ser efectiva.

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